Por la acera. La Dirección General de Tráfico prohíbe la circulación en patinete por la acera.
Por calles convencionales. Según la normativa de algunos ayuntamientos no se permite circular en patinete en calles de velocidad máxima de 50 km/h. Las asociaciones de este ámbito están solicitando que se equipare a la circulación en bicicletas, es decir, en casi todo tipo de vía pública.
Dirección contraria. No podemos circular en dirección contraria a la de la calle.
Por carretera. No podemos circular en patinetes por vías interurbanas por la calzada. calzada. Por el arcén no hay normativa que lo prohíba aunque parece que la nueva ley si va a excluir dicha circulación en contra de la tendencia europea.
Excluido de autopistas y autovías. Por supuesto, tampoco podemos circular por ellas en patinete.
Estacionamiento de patinetes. Si no hay nada regulado en el Ayuntamiento correspondiente, en caso de aparcarlo en la calle, se recomienda dejarlo en el aparcamiento para bicicletas o motocicletas y no en otros elementos de la calle (farolas, barandillas…).