Velocidad. Si no respetamos el límite establecido, por ejemplo, si superamos los 15Km/h por el bidegorri, nos pueden poner una multa de 40 euros proximadamente.
Una sola persona. En un patinete no podemos ir dos personas a la vez. La multa por este incumplimiento puede ser de 100 euros.
Sin móvil ni auriculares. Dado que el patinete es un vehículo, al igual que con el resto de personas conductoras, no se pueden utilizar móviles, auriculares o elementos similares cuando conducimos en ellos (multa de 200 €).
Casco. A nivel estatal no hay nada regulado, por lo que debemos atender a lo establecido por los Ayuntamientos. Atendiendo al sentido común, no obligar no significa que no sea conveniente circular con mayor seguridad (si en el municipio es obiligatorio el uso de casco y no lo llevamos nos pueden poner una multa de 200€).
Ni en aceras ni en zonas peatonales. Con carácter general y según última indicación de la DGT, no podremos circular por ellas (multa de 200 €).
De noche, luces y reflectantes. Por la noche debemos llevarlos para ser visibles para las demás personas conductoras (multa de 200 €).
Lugar de estacionamiento de patinetes. Las ordenanzas municipales deben regular si se pueden aparcar en la calle o no.
Transitar bajo los efectos del alcohol o la droga. Si circulamos en dicha situación puden imponernos una sanción de entre 100 y 500 euros. Si nos solicitan que hagamos la prueba de alcoholemia tendremos que realizarla. Si damos positivo en drogas, nos retirarán el patinete y lo guardarán en depósito para que no se circule en él.
Exclusión de la categoría de patinete. En el caso de que el aparato no cumpla los criterios para ser considerado patinete por la DGT (velocidad superior a 25 km/h, tengan asiento…) y no dispongamos de la correspondiente autorización y seguro, o cuando se trate de vehículos que hayan sido manipulados para disponer de más prestaciones que las correspondientes, nos pueden multar con 500 euros y retirar el patinete y guardarlo en depósito para evitar que sigamos circulando.
Menores de edad. Las multas de las personas menores de 18 años que incumplan las normas y sean sancionadas deberán ser abonadas por sus progenitores, personas tutoras o responsables.
No se pueden quitar puntos. No se restan puntos si se comete alguna infracción.