Dos tipos. Conviene diferenciar estos dos tipos porque en muchos ámbitos (fiscal…) tienen distintos tratamientos: en las pedelec debemos pedalear porque de lo contrario no andan. Las bicicletas eléctricas, sin embargo, si activamos la marcha, empezarán a andar aunque no pedaleemos. En general la gente no hace esta diferencia y llamamos a todas ellas bicicletas eléctricas.
Diferencias. Las pedelec en el estado no pagan impuestos, no necesitan seguro y pueden circular por los bidegorris, es decir, se consideran a todos los efectos bicicletas normales pero las bicicletas eléctricas que superen los 25km/o y no necesitan pedaleo son a todos los efectos ciclomotores.
El sistema de frenado. Según la Ley de Seguridad Vial, debe estar preparado para que las bicicletas paren cuando dejemos de pedalear y frenemos. Tampoco debe dejar que superemos los 25 km/h de velocidad.