Carretera. Debemos respetar con carácter general el límite de velocidad establecido. El incumplimiento es una infracción grave.
Máxima velocidad.Máximo de 45 km/h con las siguientes dos excepciones fuera de población en tramos en los que las características de la vía permitan una mayor velocidad y en descensos prolongados. En estos dos casos podemos superar esa velocidad.
Circular más lentoque el resto de vehículos. Se recomienda circular por debajo de la velocidad de los vehículos de motor, ya que de lo contrario deberíamos adelantarlos, con el consiguiente peligro.