Principios. Mantener el sentido común y el respeto mutuo, teniendo en cuenta que las vías y los espacios son para todas las personas.
Cumplir las normas. La bicicleta es un vehículo, por lo que las personas ciclistas debemos cumplir las normas de circulación.
Ley 6/2015. Esta es la principal referencia en este ámbito y es el texto consolidado creado tras la incorporación de modificaciones a la Ley 339/1990, sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial. Link: 6/2015
Las especificaciones de la Diputación. Por ejemplo, la diferenciación de los tipos de vías ciclistas en Bizkaia: Link: Vías ciclistas
Ayuntamientos. En algunos, las ordenanzas o los planes de movilidad sostenible han regulado una serie de cuestiones: poder ir en sentido contrario a las calles, etc.