Bicicletas en las aceras. Las personas ciclistas incumplen frecuentemente la norma de no circular por las aceras. Además, pasan muy cerca de los peatones y las peatonas o a gran velocidad. Estos comportamientos, por supuesto, son contrarios al Reglamento General de Circulación y podemos pedirles de buenas maneras que no circulen por la acera, ya que somos el grupo de movilidad más vulnerable, más incluso que el de las personas ciclistas.
¿Qué hacer? Si vemos que una persona circulando en bicicleta se acerca hacia la posición en la que estamos y podría atropellarnos, debemos evitar los nervios y movernos rápido hacia un lado, sin dudarlo. Si ambas persoas empezamos a dudar sobre cómo actuar, habrá más posibilidades de atropello.
Infantes y jóvenes. Las personas menores de 14 años (en algunos municipios hasta 12) pueden circular por las aceras acompañadas de una persona mayor de edad, respetando la preferencia de las peatonas y no superando los 10 km/h.
Otras excepciones. Las personas usuarias de bicicletas pueden circular por las aceras cuando así este permitido y señalizado. Atención a las señales. Pero en caso de que tengan dicha autorización suelen tener importantes restrincciones: la acera debe estar libre de transeúntes, las aceras deben ser de una anchura superior a 3 metros, no debe haber al lado un bidegorri o limitación de velocidad a 30 km/h en dicha calle, se debe dar prioridad a peatones, no se debe circular a menos de 1,50 metros de las fachadas, no se puede pasar a menos de 1 metro de las personas que van andando, se debe circular a su misma velocidad y que no se debe hacer nada que pueda perjudicar su seguridad.